La restricción, que en Bogotá
se encuentra reglamentada por el Decreto 515 del 2016, funciona de manera rotativa durante los días entre semana de la próxima manera:
los días pares, no podrán circular por las calles aquellos vehículos cuyas placas terminen en 0,2,4,6 y 8, mientras que los días impares, la medida aplicará para los automotores finalizados en 1,3,5,7 y 9.